Las recetas electrónicas llegaron para quedarse y ya son ley

telemedicina receta electrónica
10 septiembre, 2020

La pandemia de coronavirus cambió la vida cotidiana en muchos aspectos: también en cómo conseguir un medicamento en la farmacia. De pronto, fue posible poder comprar un remedio con la foto de una receta que un profesional de la salud envió al paciente por mail o whatsapp.

Fue una solución de emergencia sanitaria. Increíblemente, pilas de largas discusiones y debates acerca de la normativa farmacéutica se definieron en pocos meses. En agosto se convirtió en ley en Argentina y se logró mucho en poquísimo tiempo.

Una ley de receta electrónica o digital

Así como en plena pandemia se impusieron las consultas médicas por videollamada, comenzaron a emitirse recetas electrónicas que hace un mes fueron reguladas y ya se aplican en todo el territorio nacional.

Con anterioridad a la sanción de la Ley 27.553, las recetas sólo podían ser prescriptas por los profesionales de la salud en manuscrito, fechadas y firmadas de puño y letra.

La Ley 27553, publicada el 11 de agosto en el Boletín Oficial, establece el formato digital que, en la práctica, ya funcionaba con el establecimiento de la cuarentena obligatoria. La normativa habilita a los médicos a prescribir medicamentos de manera electrónica. A las farmacias, a venderlos. Además, la Ley contempla la atención médica mediante teleconsultas.

La legislación establece que se deben adecuar los sistemas electrónicos de las prestadoras de salud y regular su implementación para utilizar recetas electrónicas o digitales y plataformas de teleasistencia. Los organismos de cada jurisdicción son los responsables de fiscalizar los sistemas y garantizar la custodia de las bases de datos de asistencia profesional virtual, prescripción, dispensación y archivo.

Un cambio esperado

Este cambio venía reclamándose hace tiempo. Con anterioridad a la sanción de la Ley 27.553, las recetas sólo podían ser prescriptas por los profesionales de la salud en manuscrito, fechadas y firmadas de puño y letra.

El sello y la firma manuscrita fue un requisito establecido por la Ley 17.132 de Ejercicio de la Medicina sancionada en 1967. En 2001 se sancionó la Ley 25.506 de Firma Digital, aunque en uno de sus artículos se excluyó la posibilidad de recetas electrónicas. 17 años después se derogó ese artículo, abriendo camino a que las prescripciones médicas puedan ser electrónicas.

Sin embargo, no fue hasta el establecimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, a partir del 20 de marzo de 2020, que el Gobierno se vio obligado a implementar la prescripción de medicamentos en formato digital. Los pacientes comenzaron a presentarlos en las farmacias en formato de mensaje de texto o a través de las aplicaciones de mensajería, mail o fax.

La sanción de la Ley 27.553 apuntaló la Estrategia Nacional de Salud Digital 2018-2024, el Plan Nacional de Telesalud y la Primera Recomendación para el Uso de la Telemedicina, cuyo objetivo es promover y consolidar un sistema sanitario más accesible.

Ahora, la Ley 27.353 está esperando ser reglamentada.

Las novedades de la Ley

Gracias a la nueva Ley los profesionales pueden prescribir o certificar recetas manuscritas, electrónicas o digitales. De acuerdo a la legislación, las recetas electrónicas o digitales deben contener:

  • nombre, apellido, profesión y número de matrícula.
  • Además, incluir fecha y firma del profesional en forma manuscrita, electrónica o digital.
  • Las prescripciones pueden ser confeccionadas y enviadas vía mail, WhatsApp u otro canal digital con todos los datos necesarios.

Existen cuatro diversos tipos de recetas:

  1. de medicamentos de venta libre,
  2. generales: requieren la firma de un profesional de la salud,
  3. archivadas (generalmente utilizadas para el acceso de psicofármacos): deben llevar la firma del médico especialista responsable del tratamiento.
  4. de medicamentos legalmente restringidos.

Las recetas tienen una validez de 30 días para presentar en la farmacia y acceder al medicamento.

PAMI, un pionero del sistema

PAMI fue de los primeros en implementar el sistema digital en junio del año pasado. Los médicos prescriben y envían la receta firmada electrónicamente a la farmacia. Los afiliados retiran los remedios sin presentar ninguna orden o papel. Sólo se exige la presentación de la credencial PAMI y un documento para verificar la identidad.

El farmacéutico pasa la banda magnética de la credencial PAMI o digita el código de afiliación de manera manual. Los datos del afiliado conectan al sistema de gestión de la farmacia.

Las Apps de telemedicina

En el sistema de salud argentino, tanto prepagas como obras sociales incorporaron servicios de consulta médica por videollamada. Es el caso de la App Hola Doctor! por ejemplo, que relaciona su software con el de las farmacias a través de un «prescriptor» que le genera al paciente un PDF con un codigo QR.

Al mismo tiempo que genera la receta electrónica, precarga la receta en el software de la red de farmacia, de modo que cuando el paciente llega al mostrador, exhibe la receta. Le leen el código QR o bien cargan su DNI y encuentran esa receta precargada: una vez que se utiliza, la receta queda inhabilitada. Esto otorga solidez y seguridad al sistema.

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Tags: farmacia | impuestos | impuestos saludables | políticas saludables | recetas electrónicas | salud digital

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